(Este artículo es una separata del trabajo “Las primeras maestras en el Cehegín del siglo XIX”)
© Francisco Jesús Hidalgo
García
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Para Cehegín tenemos
documentación, básicamente, incluida en las actas capitulares del Concejo con
referencia a los maestros de escuela de la villa, desde el siglo XVI. Juan de
Velasco es uno de los más antiguos maestros de que tenemos conocimiento. No es
excesivamente complicado recuperar la historia de la educación en este pueblo
desde el punto de vista de los maestros y de los niños. Sin embargo, cuando
entramos de lleno en el acceso de las mujeres a la educación tanto como alumnas
y, desde luego, como docentes, la situación cambia radicalmente. Hasta el siglo
XIX para esta localidad no tenemos información suficiente, y no la hay porque
no hubo ni maestras ni niñas en las aulas hasta, al menos, los años 30 de este
siglo. En realidad, como bien es sabido, a las mujeres y las niñas se les negó
sistemáticamente el derecho a la educación y la docencia hasta época ya muy
tardía. Aunque ya existía la figura de la institutriz para educar a las jóvenes
de familias pudientes y sabemos que desde finales del siglo XVIII aparecen
algunas maestras, en las capitales fundamentalmente, a título privado y siempre
en la enseñanza primaria elemental, no tenemos noticias de la irrupción de una
mujer como maestra pública en Cehegín hasta el año 1843, como veremos un poco
más adelante, y privada unos pocos años antes, concretamente en 1835. En 1842 había
dos escuelas privadas y ninguna de las maestras disponía de título. Al año
siguiente una de ellas, doña Josefa Alcázar Durán, obtuvo el título, pasando un
examen de capacidad, y su escuela de niñas pasó a ser pública.
Hubo varias leyes que regularon
el acceso femenino a la docencia, aunque el eje central estuvo en torno a la Ley de Instrucción Pública, la
conocida como ley Moyano (1857) en la que se convertía en obligatoria la
escolarización de las niñas y se creaban las Escuelas Normales de Maestras.
También la ley anterior de 1847 fue importante para la cuestión que nos
atañe.
La Real Orden de 28 de
agosto de 1838, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Murcia de
11 de septiembre de 1838, fue aprobada para aplicarla a la instrucción
primaria. En ella se hace referencia a que ésta es pública y privada, y se
divide en elemental y superior.
Doña Josefa Alcázar Durán, que en
el año 1842 figura como maestra sin título, y doña Teresa Artero, que tampoco
tiene título, ejercen en las dos escuelas de niñas, que son privadas, de
Cehegín. Doña Josefa consigue el título al año siguiente, en fecha de 3 de
enero 1843, expedido por la Dirección
General de Estudios, convirtiéndose su escuela en pública. Ella
será una de esas maestras que dedicará su vida a las niñas de Cehegín y durante
cuarenta años se alargará su trabajo como maestra, desde aquellos tiempos en
que comenzó a ejercer en una escuela privada, hacia el año 1835. De doña Teresa
Artero no hemos podido recabar más información con fecha posterior al año 1843.
Sabemos con certeza que la
primera escuela pública de niñas de Cehegín se crea en el año 1843 y que,
por lo tanto, la primera maestra que
ejerció en la enseñanza pública en la historia de este pueblo fue la referida doña
Josefa Alcázar. Esta mujer tenía, en el momento de obtener el título, 32 años y
era soltera. Natural de Murcia, su casa-escuela estaba en la calle de la Iglesia. Nació en
1811.
Una de las cuestiones más bonitas
e interesantes de estas primeras maestras, estas pioneras de la enseñanza, es
poder conocer dónde y cómo aprendieron y qué era lo que aprendían, su nivel de
conocimientos, las materias que dominaban, qué nivel cultural tenían, etc. Doña
Josefa debió de instruirse en un ambiente privado, quizá, como solía ocurrir a
menudo en el siglo XVIII y principios del XIX, con alguna mujer que, a nivel
particular, le enseñase las nociones básicas de la primera enseñanza. Esta
cuestión que acabo de referir es muy interesante, ya que sabemos que en los
pueblos y las ciudades existía un tipo de mujer, normalmente viuda o soltera, que
a veces cuidaba de los párvulos, niños o niñas de los vecinos, o del barrio y
que conocía las primeras letras, o más o menos sabía leer y escribir, que sin
llegar a tener escuela privada, acogía a los niños y entre otras cosas les
enseñaba esas primeras letras. Una figura interesante para ser estudiada,
aunque de difícil documentación, ya que estas mujeres no aparecen reflejadas en
los documentos oficiales. Las familias les daban algún poco de dinero o comida
a cambio de ese rato que cuidaban a los niños. Puede ser que Josefa Alcázar
comenzase a conocer las primeras letras de esa manera. Después buscaría a
alguna mujer instruida que le enseñase y preparase para poder aprender más y
crear la escuela privada que, como hemos dicho, fundó en 1835. A su vez, cuando quiso obtener el título
también tuvo que estudiar para los exámenes, pero no sabemos de qué manera
realizaría esa preparación, aunque el nivel de exigencia de estas pruebas no
era muy elevado.
Al parecer, las primeras maestras
no eran mujeres de un nivel cultural elevado, incluso las había, y hablamos de
principios del siglo XIX, que sólo sabían leer y escribir, y no mucho más,
quizá las operaciones básicas de aritmética. Realmente la preparación de las
mujeres aumentó mucho, aunque era menor que la de los hombres, desde que se
crearon las llamadas Escuelas Normales de Maestras, a partir de la Ley de 1857. Doña Josefa
Alcázar vivió en su tiempo como docente un periodo de cambios relativamente importantes
desde su época de profesora sin título en una escuela privada, hacia 1841,
hasta entrados los años 70 de este siglo XIX, en que ya dejó la docencia por
jubilación.
Por este tiempo el título se
expedía en función de que la aspirante pasase un examen en el que demostraba
estar preparada para dirigir una escuela de niñas. La prueba iba dirigida,
obviamente, a las materias que se pretendía que conociese la maestra y se hacía
especial énfasis en las tareas propias de mujeres, según la visión social de la
época. Por supuesto se debía de demostrar tener conocimientos suficientes para
enseñar las primeras letras y aritmética
elemental. De todas formas, el no poder asistir todavía a los centros de
estudio para el magisterio suponía que no se les exigiese el mismo nivel que a
los hombres, a los que se pedía una preparación, en general, más elevada.
Sabemos por un documento de la Junta de Instrucción Pública
de Cehegín, del año 1843, que doña Josefa Alcázar tenía un sueldo, como maestra
pública de instrucción elemental, de 1100 reales anuales, y que en su escuela
pública estaban matriculadas 80 niñas, en tanto que a la privada de doña Teresa
Artero concurrían sólo 14 niñas, posiblemente de familias pudientes.
En la clase estudiaban niñas de
diferentes edades pues, aunque la profesora era de enseñanza primaria elemental,
en el aula se sentaban alumnas de varias edades y diferentes capacidades, y se daba una especial dedicación a la clase
de bordar, coser y hacer media. Así, aún en contra de lo que dictaba la ley, en
una clase podía haber mezcladas alumnas
de entre los cinco y los doce años, por lo que, de facto, hacían como
profesoras no sólo de educación primaria elemental sino también, en ocasiones,
de primaria superior. Por un documento del año 1842 sabemos que esta maestra
tenía dos pasantes en su escuela privada, que le ayudaban en las tareas
docentes con las niñas. Doña Teresa Artero, por su parte tenía una. Los
pasantes, en este caso, eran mujeres jóvenes, que por un lado ayudaban en clase
a la maestra y por otro iban aprendiendo en la práctica de la docencia. Esta es
otra figura interesante a tener en cuenta, pues era otra forma de enseñanza
para aquellas que querían ser maestras en tanto no se crearon los primeros
centros de estudio para el magisterio femenino.
Doña Josefa Alcázar, que tenía un
puesto como profesora elemental, muy poco remunerado, en el año 1851 solicitó
poder presentarse a examen para optar a una plaza de mayor categoría y con un
sueldo más elevado. El hablar de plaza de mayor categoría se refiere a pasar a
dar clase de la instrucción pública elemental a la superior, por la que su
sueldo se incrementaba notablemente. Otra cosa es que se cobrara en tiempo y
forma, dada la precariedad de las arcas municipales.
“En la villa de Cehegín, a diez y ocho de noviembre de mil ochocientos
cincuenta y uno. Reunido el Ayuntamiento Constitucional de la misma en sus
salas consistoriales bajo la presidencia del sr. Alcalde de ella. Se dio cuenta
de un memorial de doña Josefa Alcázar Durán, su fecha treinta de octubre
próximo pasado, solicitando que puesto aspiraba a examinarse maestra de niñas
de mayor categoría y clase de la que en la actualidad desempeñaba en esta
villa, se dignase este Ayuntamiento informar a su continuación sobre su
conducta política y moral, y desempeño al mismo tiempo de dicho su
establecimiento. En consecuencia, debía esta Corporación de acordar y acordó:
Se le devuelva dicha solicitud a la interesada con el oportuno informe,
firmado por el sr. Presidente, en la cual se patentice su buena conducta
política, moral y religiosa, como la asiduidad y esmero con que procura educar
y enseñar así las niñas pobres como las que tienen el carácter de pudientes. Y
de cómo así lo acordaron y firman sus S.S. Yo el secretario doy fe.
Alfonso Álvarez Castellanos. Santos Cuenca Abril. Juan Alarcón Pradera.
Alonso Clemente Abril. Alejo de Gea. José Sánchez. Damián García Bonillo.
Francisco Pareja Guirao. Gonzalo Hidalgo. José Adán Hidalgo.
Ante mí. José Jiménez Sánchez.” (1)
“Doña Josefa Alcázar, maestra pública de niñas de esta villa, ha
verificado su examen extraordinario para gozar de la mejora de sueldo con
arreglo a lo que dispone el artículo 12 del Real Decreto de 23 de septiembre de
1847, quedando aprobada de sus ejercicios y mereciendo por ellos el aumento de
dicho sueldo hasta la cantidad de 2666 reales anuales. En su virtud ese
ayuntamiento dispondrá que en el presupuesto adicional que debe formar en el
mes de enero de 1852 y remitir a la aprobación del sr. Gobernador se consignen
los 1566 reales que resultan de diferencia entre la dotación que hoy disfruta y
la que debe de tener en el indicado año 1852. Y espera la Comisión que a la
brevedad posible dada cuenta a esa Corporación remita usted copia del acta en
que conste el acuerdo que recaiga sobre el particular.
Dios guarde a usted muchos años. Murcia, 22 de diciembre de 1851.
El presidente”. (2)
Las maestras disfrutaban un
sueldo bastante menor que el de los maestros, lo cual venía regulado en el
mencionado Real Decreto de 23 de septiembre de 1847.
Cuando ya llevaba cuarenta años
ejerciendo como maestra, la
Junta Municipal de Enseñanza quiso de alguna manera
homenajear a doña Josefa Alcázar en lo que eran las postrimerías de su carrera
como maestra de niñas. Mujer a la que se reconoció de manera sincera la labor y
dedicación que durante toda su vida tuvo para con varias generaciones de niñas
cehegineras, en el acta de examen y reconocimiento de su escuela, del año 1875,
se le presta un merecido homenaje.
“En expresada villa de Cehegín a
catorce de julio de mil ochocientos setenta y cinco. Reunidos los señores de la Junta Local de Primera
Enseñanza, la comisión de Instrucción Pública y varios individuos del
Ayuntamiento y particulares, se dirigieron al local de la profesora dª Josefa
Alcázar y Durán, adonde hallaron reunidas 131 niñas con el mayor orden y
compostura, colocados los indicados señores en la plataforma, fueron saludados
cortés y atentamente por la niñas, a cuyo nombre lo hizo particularmente la
discípula dª Antonia Clemente y García.
A seguido se procedió al acto del
examen teniendo a la vista la relación nominal, habiendo encontrado a las niñas
a más altura elevada y sobresaliente en todos los ramos de la enseñanza
primaria. Hubo clases que leyeron con perfecta corrección. Se presentaron
planas de escritura muy buena. Las labores se exhibieron en verdadera profusión
y variedad, habiéndolas distinguidas y de admirable perfección. En religión y
moral demostraron conocimientos muy superiores a sus tiernas edades, sucediendo
lo propio en historia sagrada, doctrina cristiana etc., etc.
Terminado el acto a las doce de
la mañana se hizo la distribución de premios, escaseándolos lo posible porque
no había suficientes ni correspondían al mérito de algunos de los trabajos
exhibidos.
La Junta concluyó altamente
complacida y totalmente satisfecha, sin haber dejado nada que desear, debiendo
consignar en la presente acta que la profesora dª Josefa Alcázar y Durán es
digna de toda consideración y merecedora de que se le tribute el debido honor a
su constancia, a su amor por ilustrar la niñez, a su perseverancia incansable
por la educación. Pues después de cuarenta años de asiduos trabajos, hoy se
presenta a exámenes generales con un
número de alumnas crecidísimo y éstas en una altura que no vacilan en calificar
de superior. Su celo por el trabajo, sus dotes de cristiana resignación y su
hábito no interrumpida en la inocente niñez, la han identificado con ella en
tales términos, que aún en las épocas de vacaciones, se le ve rodeada de
discípulas, gozosa con este proceder, porque imita la incomparable caridad del
mártir del Gólgota con los niños de Jerusalén.” (3)
Ser maestra en el siglo XIX era
algo totalmente vocacional y si ese trabajo se desarrollaba en una capital se
puede pensar que la vida para la docente era en algunos aspectos más llevadera,
a pesar de que los sueldos no fueran muy elevados, pero las maestras que
recalaban en una población como Cehegín, algunas de ellas llegadas de la ciudad
y por tanto acostumbradas a las comodidades que ofrecía la vida del mundo
urbano, se encontraron de pronto en un espacio cerrado, en casas frías, en mal
estado y poco acondicionadas, con escasos medios para conducir adecuadamente su
escuela, en un mundo rural mucho más hermético y conservador que el de la
ciudad.
Acta de la Junta Municipal de Primera
Enseñanza. 14 de julio de 1875.
El papel de estas mujeres fue
mucho más importante de lo que podemos presuponer, habida cuenta de que la
educación de las niñas dependió de ellas en exclusiva hasta que llegó el
tiempo, ya muy entrado el siglo XX, en que se instaura la educación mixta.
Efectivamente, sólo podemos decir que las mujeres eran maestras por vocación en
el siglo XIX. Las que tenían inquietud por aprender únicamente podían hacerlo
mediante el camino de profesora de la
primera enseñanza, y también había mujeres que optaban por salir de los cánones
establecidos, el trabajo fuera del hogar, y esta salida sólo era posible
mediante la profesión de maestra de escuela.
(2) Acta capitular del Ayuntamiento de
Cehegín, de 29-XII-1851
(3)
Acta de la Junta Municipal
de Primera Enseñanza. 14 de julio de 1875
Fuentes
Archivo Municipal de Cehegín.
-Actas capitulares del Ayuntamiento
de Cehegín. Años 1830-1905.
-Documentación de la Junta de Instrucción Pública
de Cehegín. Años 1833-1905.